![](https://t21.com.mx/wp-content/uploads/2023/08/comercio%20exterior-edr7_7_0.jpg)
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) lamentó la decisión gubernamental de no atender su solicitud de extensión del plazo para la presentación del Dictamen fiscal 2022, toda vez que el pasado 15 de mayo fue el día cero para la declaración, considerando que la ventana para el cumplimiento fue muy estrecha.
Lo anterior resultó relevante debido a que fueron reportadas intermitencias técnicas presentadas en la página oficial del Servicio de Administración Tributaria (SAT), lo cual ocasionó retrasos y, en el peor de los casos, la imposibilidad de la presentación del dictamen. Esto significó que muchos contribuyentes no pudieran cumplir con esta obligación en tiempo y forma, informó Laura Grajeda Trejo, presidenta del IMCP.
“Por todo lo anterior, hacemos un atento llamado a la autoridad para que se consideren los tiempos perdidos y se le den efectos legales y fiscales a los dictámenes que se presenten en días posteriores. Creemos firmemente en que el diálogo con nuestras autoridades, respaldado con la exposición de hechos que sustentan nuestras peticiones, es el mejor camino para llevar a buen fin estos requerimientos”, detalló Grageda.
Antecedentes
En noviembre de 2021 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Reforma Fiscal para 2022, que, entre otros rubros, determinó el restablecimiento de la obligación de dictaminar ante el SAT los estados financieros por Contador Público Inscrito (CPI).
Puntualmente, en las operaciones de comercio exterior, el auditor deberá reportar si la empresa ha incumplido con las disposiciones fiscales y aduaneras o ha llevado a cabo alguna conducta que pueda constituir la comisión de un delito fiscal.
Algunos casos prácticos de incumplimiento que pueden ser sujetos de reporte son: no contar con la documentación que acredite la legal propiedad, posesión, estancia, tenencia o importación de mercancía extranjera, entre otras.
“Así como el incumplimiento en autorizaciones, concesiones, padrones, registros tales como IMMEX, padrón de importadores o sectoriales, PROSEC, Certificación IVA e IEPS, entre otros, y los delitos fiscales vinculados con el comercio exterior”, detalló Noé Coronado González, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara Jalisco.
Sanciones
Los contribuyentes que incumplan con la dictaminación de los estados financieros o lo presenten fuera de plazo, se enfrentarán una multa que oscila entre los 15 mil 410 pesos y 154 mil 050 pesos.
“Adicionalmente, al incumplir con la presentación del dictamen, la autoridad podrá aplicar la suspensión temporal del uso del Certificado del Sello Digital, necesario para emitir facturas, y en caso de no solventar el incumplimiento, puede derivar en la eventual cancelación definitiva de certificado antes señalado. Con base en lo expuesto anteriormente, con las incidencias técnicas del sistema y la reducción del plazo para la presentación, se coloca al contribuyente en un estado de alta vulnerabilidad ante posibles sanciones que pudieran derivarse por el no cumplimiento de esta obligación”, determinó Juan Manuel Puebla Domínguez, presidente del Colegio de Contadores Públicos de México.
Comenta y síguenos en Twitter: @Liznomas / @GrupoT21