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“El compromiso del Gobierno es que las empresas que hayan metido su trámite en tiempo y forma van a darles solución, y efectivamente han venido trabajando a marchas forzadas para poder hacerlo”, señaló Emilio Cadena, presidente del organismo, en entrevista con medios, si bien el plazo para optar por la certificación concluye el próximo 31 de diciembre.
Estas dos mil 500 empresas, de un padrón de tres mil 310 que optaron por la certificación, representan 97% del comercio exterior del país, informó Cadena.
Nuevos beneficios en el DOF
El pasado 12 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en materia de comercio exterior para 2014, donde se incluía los beneficios para las empresas confiables con facilidades y simplificación administrativa en la importación temporal de bienes para la elaboración, transformación, o reparación en programas de maquila o exportación.
Se trata de seis beneficios, que incluyen a las empresas A, AA, AAA y aquellas certificadas bajo rubro “L” o Nuevo Esquema de Empresa Certificada (NEEC), contemplados en la regla 4.3.23 de la citada modificación.
Los primeros cuatro beneficios son para las empresas IMMEX que cuentan con certificación IVA e IEPS en cualquiera de las tres categorías (A,AA,AAA).
Con lo publicado en el DOF, se evita la suspensión automática en el padrón de importadores de Sectores Específicos o padrón de exportadores. De esta forma, se seguirá el procedimiento respectivo para subsanar o desvirtuar la causal detectada por la autoridad aduanera.
“Esto es un derecho de audiencia bastante importante para nuestras empresas toda vez que caemos en algunas de las causales, no se nos va a bajar de padrones de forma inmediata y se nos permite operar en tanto se pueda solventar la incidencia”, precisó Rafael Salinas, director del Comité de Comercio Exterior y Aduanas de Index.
Si la autoridad detecta irregularidades que derivan en omisión de contribuciones o aprovechamiento, el importador podrá acudir ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), quien le otorgará un plazo de 60 días para poder autocorregirse.
El tercer beneficio implica poder transferir mercancías importadas temporalmente a otras empresas con programas IMMEX mediante pedimento virtual único. Esta facilidad entrará en vigor seis meses posteriores a su publicación en el DOF.
También se exime a las empresas de la obligación de presentar la manifestación de valor y la hoja de cálculo excepto tratándose de importaciones definitivas o cambio de régimen. Como el anterior beneficio, entrará en vigor seis meses posteriores a su publicación.
El quinto beneficio es exclusivo para empresas IMMEX en certificación de materia IVA e IEPS para modalidades AA o AAA, y con el registro de empresa certificada en la modalidad de Operador Económico Autorizado (OEA) -en México adoptado como NEEC- y el sexto únicamente para AAA.
Twitter: @MarilolySanchez