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Lo acontecido el viernes pasado debe abrir el espacio para cambiar políticas públicas que mejoren la gestión de seguridad vial, la infraestructura, hacer obligatorias las medidas de seguridad para todo tipo de vehículos y abonar en temas de hábitos de las conductas al ser conductor o pasajero, consideró Salvador Saavedra, especialista en temas de seguridad vial e integrante del Comité Técnico de la Alianza Nacional por la Seguridad Vial (Anasevi).
“Mucho esperamos de los responsables de estas acciones a nivel gubernamental, estatal y federal, así como a nivel gremial para que un hecho como éste no vuelva a suceder en los caminos de México”, expresó Saavedra.
En un análisis realizado por Saavedra a partir de las imágenes que se compartieron, se identifica que el semirremolque con el que impactaron las Urvan de transporte público, no cumplen con la NOM-035-SCT-2-2010, pues carece de defensa trasera, así como de cinta retrorreflejante. También se observa que el eje trasero no cuenta con sus neumáticos del lado carretera, siendo esa la posible razón por la que ese vehículo se encontraba detenido.
En otra de las unidades de transporte público se identifica un golpe en la parte trasera, posiblemente ocasionado por un tercer vehículo que no se aprecia en las imágenes y en los reportes a los que se hacen referencia.
Al identificar las posibles causas del accidente, “es probable que el conductor de la Urvan haya tratado de rebasar a vehículos más lentos por el carril del extremo derecho. También es probable que transitara por ese carril después de haber subido pasaje unos cientos de metros atrás”, precisa Salvador Saavedra, también Titular del Comité de Normalización del Consejo de Mantenimiento y Tecnología (CMT).
A lo anterior se suma que no se identifican que se haya instalado la señalización que indicara que estaba detenido.
Un choque directo contra un vehículo detenido de peso mucho mayor al del vehículo que impacta ocasiona que la gran mayoría de la energía se disipe en la destrucción del vehículo que impacta.
“La ausencia de una defensa trasera ocasionó que el vehículo Urvan se incrustara por debajo del semirremolque y que la estructura sólida del semirremolque tuviera contacto con la parte superior de la Urban, ocasionando serios daños a la altura del habitáculo. Si el volteo hubiera tenido sus neumáticos en el eje trasero la penetración del habitáculo por debajo del volteo hubiera sido menor”, agregó.
Los pasajeros que no sufrieron daños por el impacto directo los sufrieron por la súbita desaceleración del vehículo de transporte público al impactarse, en donde se deduce que no usaban cinturón de seguridad.
PROBLEMAS DE REGULACIÓN
El accidente sucedió en la carretera 85D de jurisdicción federal, no se observan las placas del vehículo estacionados, pero por su tipo debieran ser placas de autotransporte federal; el vehículo que se impactó es un concesionario del servicio de transporte de pasajeros del Estado de México.
Tomando lo anterior en cuenta, por el tipo de carretera, aplica el reglamento de tránsito en carreteras federales, así como la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
El reglamento de la SCT establece la obligatoriedad de utilizar los cinturones de seguridad. El requerimiento no existe en los lineamientos de los vehículos de transporte de pasajeros tipo van en el Estado de México. Tomando en cuenta que los vehículos transitan por carreteras federales, debiera ser obligatorio que esos vehículos sean equipados con el número de cinturones de acuerdo con la capacidad de pasajeros.
“Solicitamos que se dejen claros los requerimientos de uso de cinturones de seguridad en todos los vehículos que transitan en carreteras federales, así como la obligatoriedad de utilizarlos por todos los ocupantes de los vehículos, independientemente del asiento que ocupen”, aseveró el integrante de Anasevi.
Y agregó: “de igual forma solicitamos al gobierno del Estado de México para que se revisen los lineamientos técnicos que deben cumplir los vehículos que prestan el servicio de transporte de pasajeros, para que todos estén equipados con cinturones de seguridad cumpliendo con la NOM respectiva. De igual forma hacer obligatorio su uso al transitar en carreteras estatales y federales, así como en las vías de acceso controlado”.
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