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El pleno de la entidad reguladora determinó que la entrada en vigor de esta reforma afectaría el proceso de competencia y libre concurrencia, ya que se eliminaría la posibilidad de que se establezca una estación de servicio en áreas donde ya exista una de éstas, limitando injustificadamente el número y las opciones de abasto.
Otro de los elementos que destacó el pleno de Cofece es que se evitaría que sean las propias condiciones del mercado las que determinen el número y ubicación de las estaciones de servicio, limitando el derecho del consumidor de acceder a una oferta más amplia y seleccionar la opción que más le convenga en función de precio, calidad, conveniencia y ubicación.
Aunado a lo anterior, se generaría una ventaja exclusiva para las estaciones de servicio ya establecidas, al garantizarles un territorio o área de influencia específicos e impedir el acceso de nuevos agentes económicos que podrían realizar estas actividades en mejores condiciones.
Además de exponer estos elementos, la Comisión determinó que la reforma no está sustentada en un objetivo legítimo de política pública, el cual podría existir, por ejemplo, cuando se regulan distancias mínimas entre lugares destinados al expendio de combustibles y otros establecimientos como escuelas, hospitales, guarderías y mercados.
Es importante precisar que Cofece se ha manifestado en múltiples ocasiones en contra de criterios de territorialidad, distancias mínimas entre comercios de giros similares y segmentación de mercados.
En perspectiva del organismo, esta decisión permitirá que en el contexto de la reforma en materia de energía se fomente la participación de la inversión privada en el mercado de expendio de combustibles, para que los consumidores se beneficien de una mayor oferta, mejor calidad y precios más bajos.
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