En su sesión de ayer, el Senado conminó a que se modifique la temporalidad para la renovación de las placas de los automotores matriculados en los estados, y que con base en una disposición en el Diario Oficial del 2000, esto tendría que ejecutarse cada tres años.
La propuesta se fundamenta en el hecho de que la SCT no tiene establecida en la normatividad existe, como el Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, la Ley Federal sobre Metodología y Normalización y el Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales , los períodos en los que debe realizarse el canje de placas.
Incluso, el documento presentado por la comisión de Comunicaciones y Transportes del Senado, hace referencia a que desde el 2000, no se ha definido el nuevo plazo para el canje de placas de los automotores, razón por lo cual consideran pertinente ampliar este periodo cada 10 años.
Esta solicitud se realiza en el entendido de que la SCT es la encargada de formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país, así como fijar las características y especificaciones de las placas, calcomanías y tarjetas de circulación de todos los vehículos automotores y remolques matriculados en el país y asignar la numeración que corresponda a cada Entidad Federativa, a fin de comprobar la posesión legal de los mismos y evitar la duplicidad de las series de identificación.