En materia de comercio exterior y aduanas es reconocible el esfuerzo de los legisladores y ejecutivo de adecuar las normas al contexto nacional e internacional, sin embargo, el número de modificaciones en la normatividad interna en materia de comercio exterior y aduanas es apabullante, de 2013 a la fecha solamente en estas materias en el Diario Oficial de la Federación se han publicado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público 253 decretos, acuerdos, modificaciones o adiciones; Economía 321; Salud unas 51, Relaciones Exteriores, 15; Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, 15; del Medio Ambiente y Recursos Naturales,18; de la Defensa Nacional, dos; y Secretaría de Comunicaciones y Transportes, 10.
No se diga la Hoja Informativa de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM) que lleva hasta el día de hoy 217 y los Boletines Informativos del Servicio de Administración Tributaria con 301 adecuaciones, lo que representa 1099 modificaciones del 2013 al 2015 y 104 en lo que va de 2016 todas ellas en cuestiones que impactan algún sector vinculado a la materia aduanera y el comercio exterior Mexicano.
La híper-normatividad siempre tiene su origen en la arquitectura de las leyes, de los 203 artículos y 58 transitorios que después de la Reforma de 2013 quedaron plasmados en la Ley Aduanera, en 120 ocasiones se establece una correlación “mediante reglas que al efecto se publiquen”, lo que se desdobla posteriormente en reglamentos, reglas, comunicados, boletines, hojas informativas, lineamientos, circulares con incesantes cambios, lo que ocasiona errores por desconocimiento en las autoridades, empresas y particulares, incluso los profesionales que no cuentan con un equipo de consultores robusto tienen complicaciones para seguirle el paso a la constante evolución normativa en nuestro país.
Gran parte del origen de las modificaciones posiblemente distorsione el objetivo y alcance de las normas, que al final deben ser eficientes y accesibles a los usuarios del comercio exterior, ya que, si una ley se desconoce no se puede apreciar, ni cumplir, ni divulgar, lo cual la hace obsoleta.
En el momento que los ordenamientos se apartan del propósito de la regulación, cuyo principio es facilitar el manejo y tratamiento de las disposiciones generales, se aglutinan y resuelven aspectos que no son tan complejos, dando lugar a relevantes confusiones que lejos de acercar al contribuyente al cumplimiento de sus obligaciones provocan una total incomprensión e incertidumbre jurídica, tanto de éstos como de las mismas autoridades fiscales, lo que trasciende y repercute en el patrimonio de los gobernados.
Ante esta etapa normativa en México, es importante el análisis de académicos, investigadores, especialistas, usuarios y autoridades en la materia a efecto de depurar todo el sistema complejo que estamos construyendo, haciéndolo más compacto y asequible para los contribuyentes, en algunos casos será necesario quizás fusionar y desaparecer en otros la legislación no vigente, además de qué crear y fortalecer no siempre logra acabar con deficiencias o lagunas.
Indubitablemente debe prevalecer la premisa de que las leyes deben ser pocas y claras, dirigidas al objeto social en cada momento, sin atender a intereses particulares del hombre, lo que trasciende en el principio general de derecho; “La ignorancia de las leyes no sirve de excusa y a nadie aprovecha”, principio por virtud del cual la sola publicación de la ley en el Diario Oficial de la Federación surte sus efectos legales y obliga el cumplimiento de todas las disposiciones normativas existentes en territorio nacional, y por ello incluye todas las actividades del gobernado en la sociedad.
Los usuarios, incluidas las autoridades ejecutoras en comercio exterior y aduanas posiblemente requieren un descanso en esta constante híper-normatividad, permitiéndole madurar a la Reforma Fiscal Aduanera, lo que generaría una construcción normativa precisa, concreta, simple, con mayores y mejores resultados para los contribuyentes y autoridades.
Bien decía, un sabio “Locura es hacer lo mismo una vez tras otra y esperar resultados diferentes” — Albert Einstein, a mayor abundamiento, el destinar una inversión en el respaldo de expertos en la materia de comercio exterior y aduanas, no resulta un egreso innecesario, al contrario constituye una inversión a largo plazo y redunda en una tranquilidad y transparencia de la actividad comercial de la empresa, además que proyecta confianza a sus clientes y proveedores, y ante la autoridad es reconocida por ser un contribuyente cumplido y ordenado en sus obligaciones fiscales.
Finalmente, qué decir del equipo extraordinario de T21 que en su portal web cumple sus primeros 15 años comunicando los extremos logísticos del mundo, siendo un referente de todos los usuarios del comercio exterior, felicidades equipo de T21 y que vengan muchos más por delante.
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