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Dicho aviso fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y establece que el procedimiento no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, sino como una actuación de la autoridad tendiente a verificar el cumplimiento de la Ley, por lo que se procederá sólo en caso de existir elementos suficientes para sustentar la actualización de contravenciones a la normatividad.
El aviso del DOF establece que el periodo de la investigación no será inferior a treinta días hábiles ni excederá de ciento veinte días hábiles, contados a partir de la fecha del acuerdo (14 de julio), mismo que podrá ser ampliado hasta por cuatro ocasiones.
De esta forma, el expediente fue turnado a la Dirección General de Investigaciones de Mercado, para efecto de tramitar, coordinar y supervisar el procedimiento de investigación; realizar requerimientos de documentación e información; de considerarlo necesario, realizar, una vez ordenadas, visitas de verificación para allegarse de información y documentos; así como para citar a declarar a quienes tengan relación con las investigaciones o asuntos de que se trate, utilizando en su caso, las medidas de apremio señaladas en la LFCE.
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