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Para que entre en vigor, el AFC tiene que estar firmado por dos terceras partes de los miembros de la OMC (164 países). Aún faltan dos rúbricas para concretar esto último.
Es importante reiterar que si bien el objetivo del AFC es agilizar el comercio, es un compromiso internacional que nos obliga a crear y permanecer en la cultura del ´compliance´”, indicó en un boletín informativo la firma Bufete Internacional.
El AFC contiene disposiciones para agilizar el movimiento, el levante y el despacho de carga, incluidas las mercancías en tránsito.
El acuerdo también establece medidas para una cooperación eficaz entre las autoridades aduaneras y otras competentes en materia de facilitación del comercio y cumplimiento de las obligaciones aduaneras. Además, contiene disposiciones para la asistencia técnica y la creación de capacidad en este ámbito.
La plena implementación del AFC reduciría los costos comerciales de los miembros en un promedio del 14.3%. A su vez, tiene la capacidad de reducir el tiempo de importación de mercancías en más de un día y medio, y reduce el tiempo de exportación en casi dos días, lo que representa una reducción del 47% y 91%, respectivamente, sobre el promedio actual.
Sin embargo, Bufete Internacional identificó ocho aspectos que el gobierno de México debe desarrollar para que la facilitación del comercio se dé de la manera en que se está comprometiendo:
– Enlaces con las demás Ventanillas Únicas (nacionales y extranjeras), así como la validación de datos de las diferentes dependencias que la integran.
– Utilización de la gestión de riesgo en el semáforo aduanal: evalúa con anterioridad si la mercancía será sujeta o no a reconocimiento mucho antes de que ésta sea presentada ante el Módulo de Selección Automatizada.
– Eliminación del reconocimiento previo: a pesar de existir un esquema de Revisión en Origen, continúa siendo menor el número de importadores quienes lo emplean, por lo que se pierde tiempo y dinero en este proceso.
– Eliminar todo papel de los trámites, así como presentación de documentos originales o copia de las declaraciones de exportación como requisito para realizar la importación.
– Incrementar Socios Comerciales y Convenios de Reconocimiento Mutuos.
– Perfeccionar e incrementar beneficios reales en el Esquema Integral de Certificación.
– Otorgar a los diferentes actores del comercio, la posibilidad de emitir propuestas dentro de un plazo adecuado respecto a los cambios en la legislación.
– Modificación en el pago de DTA. El AFC establece que “los derechos y cargas aplicables a la tramitación aduanera no tienen por qué estar relacionados con una operación de importación o exportación específica”, lo que implica un cambio para el pago de esta contribución, la cual podría quedar inexistente.
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