Rumbo la entrada en vigor de la Norma Oficial Mexicana sobre el peso y dimensiones máximas para el autotransporte federal (NOM-012-SCT-2-2017), la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) trabaja en los mecanismos para el registro de los tractocamiones doblemente articulados.
De acuerdo con el Artículo tercero transitorio, a partir de la entrada en vigor de la NOM, que se prevé sea el próximo 24 de febrero, la SCT debe publicar en los siguientes 30 días los lineamientos para solicitar la autorización de circulación de los también denominados “fulles”.
"Entonces el 26 de marzo nosotros, como Dirección General de Autotransporte Federal, estaremos publicando este mecanismo", precisó Elim Luviano, titular de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF).
Una vez que la metodología se dé a conocer, quienes operen la configuración de tractocamión doblemente articulada tienen hasta 90 días para solicitar la autorización a la dependencia federal.
Las configuraciones del tractocamión doblemente articulado, únicamente podrán circular en caminos Tipo "ET" y "A", y por excepción podrán circular en carreteras de menor clasificación, con el mismo peso, cuando cuenten con autorización especial (según sea el caso de conectividad), detalla el numeral 6.2.1.4.2
La NOM-012, publicada en 26 de diciembre pasado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) , exige que los dueños de los fulles modifiquen sus unidades para garantizar mayor seguridad vial en el transporte de mercancías, entre éstas: frenos ABS, gobernador de velocidad,GPS y suspensión neumática.
"No hay un cambio sustancial en cuanto lo que se estaba pidiendo en la norma anterior y la nueva, el único cambio es el tema de la suspensión neumática, y como tal, el impacto o el gasto que se podría hacer es marginal y está expresado en la Manifestación de Impacto Regulatorio", agregó Elim Luviano.
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