A partir de este martes 13 de noviembre quedan sin efecto diversas normas oficiales mexicanas relativas a mercancías peligrosas transportadas en embarcaciones, a balsas salvavidas auto-inflables y a las anclas y cadenas para anclas de uso en embarcaciones.
De igual forma quedan derogadas las disposiciones sobre los requisitos que deben cumplir las mercancías peligrosas para su transporte en embarcaciones y su documentación.
En un aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informa de la cancelación de las normas NOM-009-SCT4-1994, NOM-010-SCT4-1994, NOM-011-SCT4-1994, NOM-016-SCT4-1996, NOM-027-SCT4-1995 y NOM-028-SCT4-1996.
Lo anterior, explica, luego de ser analizadas el 25 de noviembre de 2011 en términos del artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Agrega que estas NOMs fueron integradas al apartado de normas y proyectos a cancelar en el Programa Nacional de Normalización 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de este año.
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